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El Despido Disciplinario
El Despido Disciplinario se encuentra regulado en el Estatuto de los Trabajadores. Se establece como una vía por la que el empleador o empresario podrá despedir a uno de sus trabajadores cuan éste haya cometido un incumplimiento “grave y culpable”. Es, por tanto, la sanción disciplinaria de mayor gravedad, de las previstas en la normativa laboral.
Existe una lista no exhaustiva de motivos en virtud de los cuales el trabajador podrá ser despedido:
- Faltar de forma repetida y no justificada. La impuntualidad constante también podrá entenderse como causa de despido
- Cualquier falta de disciplina, o insubordinación en el puesto de trabajo, siempre que tenga un carácter grave e injustificado
- Las amenazas u ofensas graves a los compañeros de trabajo, al empresario, o a cualquier persona del entorno cercano de éstos
- El incumplimiento o rotura de la buena fe del contrato. Un ejemplo es la revelación de un secreto, cuando existe una cláusula de confidencialidad
- Aunque difícil de demostrar ante el tribunal, el bajo rendimiento voluntario del trabajador. Es decir, el trabajador que trabaja menos a propósito.
Si usted debe afrontar un despido disciplinario, con independencia de si ha incurrido, o no, en una de las anteriores conductas, es recomendable que reciba asesoramiento legal de un abogado especialista en derecho laboral. Un abogado laboralista podrá confirmar que su empleador ha seguido el procedimiento adecuado, en materia de plazos, notificaciones, o representación. De no haberse seguido los cauces previstos, es posible que tenga derecho a recibir una indemnización por parte de su empresario.
Contact Abogados es líder en el Reino Unido y ahora también en España, ayudándole a encontrar el abogado que mejor se adecúa a su caso concreto. Sea cual sea su situación, si necesita asesoramiento legal en Derecho del Trabajo o en materia de despidos, llámenos al 900 828 306 o complete el formulario en la web y deje que nuestros dedicados agentes especializados le pongan en contacto con el mejor abogado para sus necesidades.
- Última actualización el 20/01/2011
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